sábado, 10 de abril de 2010

Esta Ley Pudiera Estar Aquí También

Madrid.- Cuatro de la tarde. Suena el teléfono fijo en una casa de un madrileño. El propietario, que estaba durmiendo la siesta, se levanta sobresaltado a coger la llamada. ¿Diga, quién llama? Buenas tardes, le llamaba para informarle de las ventajas del nuevo ADSL de la empresa X...

Esta escena, muy repetida a la par que aborrecida en la mayoría de los hogares españoles, podría pasar a mejor vida en breve, gracias a la aprobación el pasado 22 de diciembre de la Ley de Competencia Desleal y Publicidad, que regula, entre otros aspectos, el spam publicitario.

Según la normativa, desde el 1 de marzo, los consumidores tienen el "derecho a manifestar su oposición a recibir propuestas comerciales no deseadas" a través del teléfono, fax o correo electrónico. La novedad consiste en que las empresas están obligadas a registrar mediante algún sistema la negativa del usuario para que, en caso de incumplimiento, quede constancia de la infracción.

Otro de los cambios que introduce la ley es la prohibición de realizar llamadas publicitarias desde números ocultos. Por culpa de esta práctica, los consumidores, hasta ahora, no podían demostrar la existencia de algunas llamadas y, por tanto, reclamar al organismo competente la violación de su derecho a la protección de datos personales.

Aquellas empresas que incumplan la nueva legislación pueden ser sancionadas económicamente con multas de hasta 600.000 euros si se trata de una infracción muy grave. En caso de que le salga beneficiosa la multa a la compañía, se podría superar dicha cuantía hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los bienes o servicios objeto de infracción.

Aunque son varios los sectores que utilizan el 'spam' como técnica para hacer llegar a los consumidores sus ofertas, el de las telecomunicaciones es uno de los más activos.

Fuente:www.elmundo.es

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